Reglamentación de la ley de glaciares
11 abril, 2022La ley 26.6391 fue parcialmente reglamentada, dejando vacíos los casilleros que corresponden a los artículos 1°, 2° y 6°. Al no reglamentarlos se convirtió en un texto ideologizado, lo que fue rápidamente utilizado por distintas organizaciones que sin más, sin detenerse a reflexionar sobre las disposiciones de la ley, comenzaron a manifestarse en contra de la única actividad capaz de generar importantes riquezas en la mayoría de las provincias cordilleranas.
Así que en este trabajo abordamos la procedencia de reglamentar estos artículos y la necesidad de parametrizar los distintos aportantes de una cuenca hidrológica. Así se podrá distinguir con justeza los que son aportes significativos, distinguiéndolos de aquellos que revisten contribuciones insignificantes. En estos últimos, como lo dice la propia ley se pueden realizar todo tipo de actividades económicas en el marco del desarrollo sustentable.